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jueves 28, marzo, 2024

Se regula el potencial de producción vitícola de CLM

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado la orden de modificación del potencial de producción vitícola de Castilla-La Mancha.

En esta orden se recogen cambios en la plantación y arranque de viñedo y se determinan las variedades autorizadas en la comunidad autónoma.

En el caso del artículo 5, se modifica el apartado relativo a la exención de autorización de las nuevas plantaciones resultantes de expropiaciones por causa de utilidad pública llevadas a cabo al amparo de la legislación nacional.

Modificación de artículos Orden diciembre 2018

Por otra parte, se da nueva redacción al subapartado b) del apartado 2 del artículo 7 para adecuar su tenor a la transcripción del texto del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre.

El apartado 2 del artículo 12 de la Orden 202/2018, de 28 de diciembre, impone la obligación de que para poder solicitar un arranque, entre otros requisitos, la persona solicitante debe disponer de la declaración de cosecha de la campaña inmediatamente anterior.

Asimismo, establece que a esos efectos no son válidas las declaraciones de cosecha con producción nula cuando se corresponda con parcelas incorporadas a la explotación de la persona solicitante en el año natural inmediatamente anterior a la solicitud de arranque.

Esta medida está encaminada a garantizar el cumplimiento de la norma comunitaria, en la que se indica que el arranque y la plantación de una superficie de viñedo deben ocurrir en la misma explotación.

Un/a viticultor/a que haya perdido una determinada superficie por este motivo tendrá derecho a plantar una nueva superficie, siempre que esa superficie plantada no exceda del 105% de la superficie perdida en términos de cultivo puro.
En cualquier caso, para poder hacer uso de esta potestad el viñedo expropiado debe estar inscrito en Registro Vitícola en una situación que implique que está legalmente establecido, siendo la superficie que figura en el Registro Vitícola la que se tendrá en cuenta para el control de la superficie plantada. Asimismo, en el momento de hacer uso de esta potestad el viñedo expropiado ha de estar previamente arrancado.

Listado de variedades autorizadas de vid en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Provincias: Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Toledo.
Variedades autorizadas:

Airén, B.
Alarije, B.
Albarín Blanco, B.
Albariño, B.
Albillo Real, B.
Albillo Dorado, B
Bobal, T.
Cabernet Franc, T.
Cabernet Sauvignon, T.
Colombard, B.
Coloraillo, T.
Chardonnay, B.
Forcallat Tinta, T.
Garnachas Peluda, T.
Garnacha Blanca, B.
Garnacha Tinta, T.
Garnachas Tintorera, T.
Gewürztraminer, B.
Graciano, T.
Macabeo, Viura, B.
Malbec, T.
Malvar, B
Malvasía Aromática, B.
Marselán, T.
Mazuela, Cariñena, T.
Mencía, T.
Merlot, T.
Merseguera, B.
Monastrell, T.
Montúa, Chelva, B.
Moravia Agria, T.
Moravia Dulce, Crujidera, T.
Moribel, T
Moscatel de Alejandría, B.
Moscatel de grano menudo, B.
Palomino, B.
Pardillo, Marisancho, B.
Pardina, Jaen Blanco, B.
Parellada, B.
Pedro Ximénez, B.
Petit Verdot, T.
Pinot Noir, T.
Planta Nova, Tardana, B.
Prieto Picudo, T.
Riesling, B.
Rojal Tinta, T.
Sauvignon Blanc, B.
Syrah, T.
Tempranillo, Cencibel, T.
Tinto de la Pámpana Blanca, T.
Touriga Nacional, T.
Tinto Velasco, Frasco, T
Torrontés, B.
Verdejo, B.
Verdoncho,B.
Viognier, B.

Boletín Oficial de Castilla La Mancha.

 

 


 

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