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lunes 7, octubre, 2024

El nuevo reglamento del vino impone aportaciones económicas obligatorias

La nueva extensión de norma para el sector vitivinícola entra en vigor el 1 de agosto.

El 4 de julio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una Orden del Ministerio de Agricultura que extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE) a todo el sector vitivinícola (Extensión de Norma), estableciendo una aportación económica obligatoria para financiar actividades de promoción, información, inteligencia económica, cohesión sectorial, investigación, desarrollo e innovación tecnológica durante las campañas 2024/2025 a 2028/2029.

La nueva Extensión de Norma, que entrará en vigor el 1 de agosto de 2024, establece dos tipos de contribuciones económicas obligatorias que abarcan a todos los operadores de la cadena de valor del vino hasta su comercialización. La primera es una aportación de 0,18 euros/hl para el vino envasado, sin importar el formato o volumen, y la segunda es una aportación de 0,052 euros/hl para el vino vendido a granel.

Para el vino destinado a la elaboración de otros productos (como sangría, tinto de verano y vinos aromatizados) que se declaran en el cuadro de salidas como «operaciones propias» según el anexo III del Real Decreto 739/2015, se considerará como vino a granel a efectos de la aportación económica.

Estas contribuciones se aplicarán a todo el vino comercializado en España, ya sea para el mercado interno o para la exportación, y se devengarán en el momento de la salida del vino de las instalaciones donde esté almacenado, siempre que este movimiento ocurra dentro del periodo de vigencia de la norma.

Exenciones de pago

No estarán sujetas a la aportación económica las salidas de vino destinadas a destilación y vinagrería, ni las elaboraciones o envasados por encargo del propietario del vino. Las devoluciones comerciales que ya hayan pagado la contribución también estarán exentas en la siguiente comercialización.

El pago de estas aportaciones deberá realizarse en un plazo máximo de treinta días tras la emisión de la factura correspondiente a cada declaración obligatoria de vino. Los productores con una producción media anual inferior a 1.000 hectolitros realizarán el pago una vez al año, en un plazo máximo de treinta días tras la emisión de la factura correspondiente a la declaración de agosto.

Una novedad de esta Extensión de Norma es que las aportaciones económicas iguales o inferiores a 20 euros por campaña estarán exentas de pago.

Destino de los fondos recaudados

Durante las cinco campañas de vigencia de la norma, al menos el 80% de las aportaciones se destinarán a acciones de promoción e información del sector vitivinícola y sus productos. No más del 10% de los recursos se destinarán a labores de coordinación, seguimiento, control y gestión de la extensión de norma, así como a la información para todos los operadores.

Las acciones previstas se alinean con la Estrategia del sector vitivinícola 2022-27, incluyendo campañas de promoción e información tanto en el mercado interno como en el exterior, inteligencia económica para mejorar la información sectorial y facilitar el acceso a mercados internacionales, la cohesión sectorial para mejorar el funcionamiento interno del sector y la estabilidad en la cadena de valor, promoción de I+D+i y formación, y transparencia en la gestión de la norma.

La OIVE destaca que esta nueva Extensión de Norma, consensuada por todo el sector vitivinícola, establece las directrices para las próximas cinco campañas hasta el 31 de julio de 2029. Subrayan que refleja la unidad de toda la cadena de valor del vino y refuerza el compromiso de todas las partes de seguir trabajando en acciones que beneficien al sector.

Este nuevo texto, aprobado por la mayoría de las organizaciones, sucede al vigente y mantiene las aportaciones obligatorias desde 2019.

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