Los nuevos contratos tipo del sector del vino entrarán en vigor el 1 de agosto.
Cada año, los productores y compradores de uva se enfrentan a cuestiones comerciales críticas que, en teoría, no deberían representar un problema. Como los precios fluctuantes, los plazos de pago o las condiciones contractuales desiguales, entre otros. En un mercado que lucha por equilibrar la justicia económica con la viabilidad comercial, el Ministerio de Agricultura ha promulgado las órdenes que homologan los contratos tipo de compraventa de uva destinada a su transformación en vino para las próximas tres campañas (2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027).
La homologación de estos contratos tipo, que entrarán en vigor el 1 de agosto, se realiza a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE) y será aplicable en todo el territorio nacional.
Contratos de compraventa de uva y de vino
Entre otras cláusulas, los contratos tipo de compraventa de uva y vino establecen el objeto, el precio, la forma y condiciones de pago y entrega, la calidad, la trazabilidad, la duración y prórroga, y los mecanismos para resolver controversias. Los operadores podrán acordar la vigencia del contrato para varias campañas, promover así la adopción de contratos plurianuales y favorecer la estabilidad necesaria en el sector vitivinícola.
De aplicarse este tipo de contrato y en caso de existir diferencias en la interpretación o ejecución, las partes someterán la controversia al procedimiento de conciliación ofrecido por OIVE. Las solicitudes de inicio del procedimiento deberán presentarse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se produjo el supuesto incumplimiento.
Las órdenes están disponibles en los siguientes enlaces: aquí y aquí.
El objetivo de estos modelos de contratos, de uso voluntario, es mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor del sector vitivinícola.
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