Prohibir la publicidad de las bebidas ‘0,0’ cerca de colegios y eliminar el término ‘consumo responsable’, entre las medidas a tomar.
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol y sus efectos en menores de edad. Con la reciente aprobación de la ley de prevención del consumo de alcohol y sus efectos en menores de edad, se espera implementar cambios significativos en la regulación de las bebidas alcohólicas. Y, una vez más, no de los sectores mas afectados podría ser el del vino.
Principales restricciones establecidas en la nueva «ley del alcohol»:
Publicidad: Se establece un perímetro de 200 metros alrededor de lugares frecuentados por menores (como colegios y parques) donde no se permite la publicidad de bebidas alcohólicas ni sus versiones sin alcohol (0,0).
Expresiones eufemísticas: Se prohíbe el uso de términos como “consumo responsable” o “consumo moderado” en la publicidad, ya que no están respaldados por la ciencia. El objetivo es alcanzar un consumo cero entre los jóvenes.
El anteproyecto de ley establece obligaciones para las administraciones públicas en educación, sanidad, cultura, deporte, investigación, seguridad vial, ámbito laboral y familiar. En el ámbito familiar, se implementarán programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas preventivas, prestando atención especial a familias en riesgo de exclusión social. En el ámbito educativo, se introducirán contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en todos los niveles de enseñanza. Por su parte, en lo sociosanitario, se desarrollarán protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores y facilitar su tratamiento, incluyendo el registro del consumo en la historia clínica y considerando el contexto familiar. En el ámbito urbanístico, se valorará limitar la apertura de establecimientos que vendan alcohol cerca de centros educativos y de protección social. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán realizar pruebas de alcoholemia no invasivas en lugares donde el consumo esté prohibido, y las sanciones a menores por infracciones relacionadas con el consumo de alcohol podrán ser suspendidas si participan en programas de sensibilización o rehabilitación.
Limitaciones en publicidad y comunicación comercial de bebidas alcohólicas en la nueva ley del alcohol
Se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica incluyendo el nombre comercial, la denominación social, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a personas menores de edad.
Además, en la publicidad o comunicaciones comerciales no se podrá usar la imagen o la voz de: personas con menos de 21 años; personas mayores de edad cuando se presenten caracterizadas o disfrazadas de personas menores de edad; personas o personajes, reales o de ficción, cuya relevancia pública o su popularidad estén vinculadas con la población menor de edad, mujeres en estado de gestación, aunque hayan prestado su consentimiento, o la imagen de un feto.
Respecto al lenguaje, no se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual. Tampoco se podrán utilizar términos equívocos o ambiguos, que puedan confundir fácilmente a las personas menores de edad, como <consumo responsable> o <moderado>.
Además de la prohibición en los lugares donde no se puede consumir alcohol, tampoco se podrá emplazar publicidad en la vía pública, o en lugares visibles desde la misma. Sí podrá permitirse la publicidad, limitada al nombre comercial, denominación social y marcas o símbolos identificativos de las empresas productoras, en un perímetro que diste de 200 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por personas menores de edad tales como centros de educación en educación primaria, secundaria obligatoria, formación profesional, de enseñanzas especiales y bachillerato, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.
Próximos pasos
De momento, el anteproyecto de la «nueva ley del alcohol» debe recabar los informes y dictámenes de diferentes ministerios y organismos y pasar por audiencia pública antes de volver a la mesa del Consejo de Ministros para iniciar su tramitación parlamentaria. El Ministerio acompaña esta propuesta con algunos datos de consumo. Y es que según la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el alcohol es la sustancia psicoactiva de consumo más generalizado entre estudiantes de 14 a 18 años. En 2023, el 75,9% dice haberlo consumido alguna vez en su vida, el 73,6%, en el último año, y el 56,6%, en el último mes.
Esta encuesta refleja que la edad media de inicio del consumo es demasiado precoz, tanto para el consumo ocasional (14 años en hombres y mujeres), como para el semanal (15 años). Por otro lado, la percepción de los adolescentes sobre la facilidad para adquirir bebidas alcohólicas es muy alta y el porcentaje que consideran que les resultaría fácil o muy fácil conseguir bebidas alcohólicas alcanza el 93%, pese a que las normativas autonómicas prohíben la venta a menores de edad.
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