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lunes 9, diciembre, 2024

Cosecha en verde, aplicación y medidas

Aplicación de la cosecha en verde en Castilla La Mancha

El Ministerio de Agricultura publica los criterios de aplicación del Real Decreto 557/2020 que aprueba la cosecha en verde y medidas para Castilla La Mancha. Equilibrando así la oferta y demanda de vino ante la crisis causada por la pandemia COVID-19.

En esta resolución se detallarán los criterios de aplicación de las medidas de cosecha en verde, destilación de crisis y almacenamiento privado que incluye el Real Decreto, financiadas por los fondos sobrantes del Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español (PASVE), e incluirá los modelos de solicitud de las ayudas.

En qué consiste la cosecha en verde

En la eliminación o destrucción total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.

La ejecución será exclusivamente mediante vendimia manual y los racimos de uva vendimiados se dejarán en el terreno en la propia parcela para su biodegradación, o podrán ser enterrados en la propia parcela.

Importe de la ayuda

El importe de la ayuda se calculará sumando:

  1. Compensación del 60% por pérdida de ingresos: 1.207,45 €/ha.
  2. El 60% de los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uvas justficados mediante factura y comprobante de pago bancario con un máximo de 438,91€/ha. A este importe podrá sumar 42€/ha si se justifica además una labor superficial para enterrar parcialmente los racimos cosechados.

El Ministerio destinará a la cosecha en verde y medidas de Castilla la Mancha una ayuda de 10 millones de euros para la cosecha en verde de parcelas completas de viñedo con DOP de la vendimia 2020. El abono a los beneficiarios de esta medida se realizará previsiblemente a lo largo del mes de octubre. La solicitud de ayuda para la cosecha en verde se deberá presentar hasta el 23 de junio de 2020. Sólo se puede presentar una solicitud por persona y deberá hacerse de forma telemática. Las solicitudes se realizarán por parcelas vitícolas que no hayan sido plantadas en las tres campañas anteriores a la campaña 2019/2020 y cuya superficie mínima sea igual o superior a 0,3 hectáreas.

Almacenamiento privado

En referencia al almacenamiento privado -para aplazar la comercialización del vino sin sobrecargar los mercados-, el texto final del Real Decreto de medidas extraordinarias en el sector del vino recoge, frente a su primer borrador, un aumento de un 26 por ciento en el precio por litro de vino almacenado, situándolo en 0,027 euros por hectolitro y día. Este almacenamiento, que el Ministerio financiará con una cuantía total de 15 millones de euros, podrá hacerse en depósito o sistemas de almacenamiento, entre ellos el almacenamiento en barrica, siempre que sea susceptible de sistema de precintado.

El almacenamiento privado será una medida a la que solo podrán acogerse las bodegas de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas y contempla amparar a 2,25 millones de hectolitros. La duración de este almacenamiento podrá ser de 180, 270 o 360 días en el caso de los vinos tintos y de 180 días para el resto de vinos, con un mínimo de 50 hectolitros por solicitante de carácter general. Se admitirá una única solicitud por operador con plazo hasta el 23 de junio de 2020 ante los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Los pagos de la ayuda se realizarán antes del 15 de octubre de 2020.

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