La homologación tiene como objetivo mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor vitivinícola.
El Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las órdenes ministeriales por las que se modifican los contratos-tipo homologados de compraventa de uva con destino a su transformación en vino, y de compraventa de vino, para adaptarlos a las modificaciones introducidas en la nueva Ley de la cadena alimentaria.
La homologación de estos contratos-tipo, cuyo ámbito de aplicación incluye todo el territorio nacional, se ha realizado a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), tiene como objetivo mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor vitivinícola.
Los contratos
Los contratos-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino y contrato-tipo de compraventa de vino se homologaron de conformidad con los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y cumpliendo las características establecidas en el artículo 9 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
La entrada en vigor en 2021 de la reforma de la ley de la cadena alimentaria ha hecho necesario adaptar el contenido de los contratos-tipo homologados para las dos próximas campañas. Así, el período de vigencia de los nuevos contrato-tipo comprenderá desde el 1 de agosto del año 2022 hasta el 31 de julio del año 2024.
Las órdenes ministeriales se pueden consultar a través de los siguientes enlaces: