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viernes 19, abril, 2024

Estas son las 35 nuevas resoluciones adoptadas por la OIV

La OIV adopta 35 nuevas resoluciones tras su último congreso.

La Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) adoptará un total de 35 resoluciones dentro del sector. Así lo anunciaron durante la última Asamblea General el pasado mes de noviembre de 2022 en Ensenada (México).

Entre ellas, la comisión de Viticultura estableció la definición de biodiversidad funcional en el viñedo. Una resolución en la que el grupo de expertos ha estado trabajando desde 2018. También, la comisión actualizó las recomendaciones sobre el uso de herbicidas para plantas. Por su parte, la comisión de Enología aprobó 24 resoluciones sobre diversos temas como prácticas y sustancias enológicas, incluyendo el uso de fibras vegetales selectivas, taninos enológicos o goma arábiga, entre otros.

A continuación, un resumen elaborado desde el portal Infowine sobre las resoluciones de la OIV.

Viticultura y medio ambiente

La OIV ha adoptado las siguientes 5 resoluciones:

  • Principios generales para la declaración de la huella de carbono de mpresas/organizaciones y productos del sector vitivinícola.
  • Definición y recomendaciones sobre la biodiversidad funcional en el viñedo.
  • Directrices para la armonización de métodos y criterios para el intercambio de material vegetal vitícola -Aspectos fitosanitarios y genéticos.
  • Recomendaciones sobre alternativas al uso de herbicidas en viñedos.
  • Definiciones de néctar de uva y néctar de uva carbonatado.

Productos vitivinícolas

Las siguientes monografías completan el Códice Enológico Internacional, en particular:

  • Principios generales a tener en cuenta en la evaluación de prácticas enológicas y sustancias en productos enológicos.
  • Monografía específica sobre taninos enológicos que contienen procianidinas/prodelfinidinas.
  • Monografía específica sobre taninos enológicos que contienen elagitaninos.
  • Actualización de la monografía general sobre taninos.
  • Monografía específica sobre preparados que contienen galotaninos.
  • Monografía específica sobre taninos enológicos que contienen profisetinidinas/prorobitinidinas.
  • Actualización de la monografía sobre extractos de levadura que contienen manoproteínas.
  • La celulosa en polvo es una celulosa de calidad alimentaria que actúa como «soporte» en el medio de fermentación clarificado y permite una mejor «desgasificación» del anhídrido carbónico al comienzo de la fermentación alcohólica y por lo tanto acorta la fase de latencia.

Métodos de análisis

Se adoptaron los siguientes nuevos métodos de análisis:

  • Método para la determinación de ocratoxina A en mosto de uva, mosto de uva reconstituido, mosto de uva concentrado y néctar de uva después de pasar por una columna de inmunoafinidad y cromatografía líquida de alta resolución con detección fluorométrica.
  • Método para la determinación de la acidez volátil en mosto de uva, mosto de uva reconstituido, mosto de uva concentrado y néctar de uva.
  • La mera medición de extracto seco total, sustancia seca total, extracto seco sin azúcar o extracto residual no es suficiente para detectar un posible fraude (resolución OIV-OENO 668-2022).
  • Método para la determinación de la relación isotópica 18O/16O del agua en el mosto de uva.
  • Método para la determinación de edulcorantes en vino blanco y bebidas a base de vino blanco.
  • Modificación del método de la OIV relativo a las características cromáticas mediante la introducción de un anexo relativo a las instrucciones de uso para la determinación de las características cromáticas aplicables al vino tinto con una elevada concentración de pigmentos colorantes, al mosto y al mosto con un alto contenido de anhídrido sulfuroso.
  • Actualización del método OIV sobre la cuantificación del nitrógeno total según el método Dumas.

Prácticas enológicas

Resoluciones sobre nuevas prácticas enológicas que complementarán el Código Internacional de Prácticas Enológicas de la OIV:

  • Clasificación como aditivos o auxiliares tecnológicos de varios compuestos ya aceptados por la OIV, en particular:
         A) Clasificación del dióxido de carbono como aditivo o coadyuvante en función del objetivo enológico considerado.
         B) Clasificación de la leche desnatada como coadyuvante tecnológico.
         Considerando las diferentes normativas, el DMDC se considera un aditivo en algunos países, mientras que en otros se considera un coadyuvante tecnológico
  • Actualización del uso de fibras vegetales selectivas en mostos y en para reducir el contenido de ocratoxina A en los vinos.
  • Modificación del límite actual para el tratamiento de los vinos con goma arábiga: la dosis a utilizar no puede superar los 0,8 g/L para los vinos tintos generosos y los 0,3 g/L para los demás vinos.
  • La eliminación del Código Internacional de Prácticas Enológicas del tratamiento enológico con cloruro de plata y la eliminación de la correspondiente monografía del Código Enológico Internacional.
  • Modificación de la práctica enológica relativa a la flotación especificando que la clarificación puede realizarse tanto en ausencia de aire utilizando nitrógeno o argón, o con aire comprimido para favorecer la oxidación de los compuestos oxidables y hacer más estable el color del vino.
  • Adopción de un nuevo código de buenas prácticas enológicas destinado a prevenir o limitar la alteración de los vinos por Brettanomyces bruxellensis. Este código define todas las intervenciones posibles en el viñedo, durante la vendimia y en la bodega para limitar el desarrollo de Brettanomyces bruxellensis.

Seguridad y la salud

  • Actualización de la resolución sobre «Criterios para los métodos de cuantificación de residuos de proteínas de clarificación en vino potencialmente alergénicos” manteniendo un límite de detección de 0,25 mg/L y un límite de cuantificación de 0,5 mg/L para caseinatos, ovoalbúmina, cola de pescado y lisozima.
  • Actualización del código de buenas prácticas para la clarificación de los vinos a aplicar para el uso de clarificantes de origen proteico con potencial alergénico especificando que si los métodos analíticos habituales para alérgenos alimentarios no detectan ninguna proteína alergénica en el vino, se puede considerar que no hay residuo por encima del límite de detección.
  • Nueva evaluación toxicológica del arsénico: se ha reducido el límite de arsénico en el vino de 0,2 mg/L a 0,1 mg/L para los vinos producidos a partir de la cosecha 2023.
  • En materia de salud, la OIV ha adoptado recomendaciones para la difusión de información sobre el consumo de vino.
  • Recomendaciones sobre la evaluación/evaluación y comunicación de estudios epidemiológicos sobre el consumo de uva, vino y otros productos vitivinícolas.

Economía

  • La OIV ha adoptado la actualización del artículo 3.1.9 «Medallas y distinciones» de la Norma Internacional de la OIV para el etiquetado de los vinos (Resolución OIV-ECO 685-2022). Las principales modificaciones tienen por objeto permitir la participación en concursos de vinos sin indicación geográfica ni denominación de origen, y que las medallas y distinciones recibidas por un vino individual lleven el nombre del concurso y el año de concesión.

Puedes acceder al informe completo de la OIV aquí.

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