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sábado 27, julio, 2024

Qué es y qué estudiar para ser enólogo en España

¿Qué es y qué hace un enólogo?

Lo primero, ¿Qué es un enólogo? Un enólogo es un profesional especializado en la producción y elaboración del vino. Su trabajo se centra en todas las etapas del proceso de creación del vino, desde la selección de las uvas y la gestión de los viñedos hasta la fermentación, el envejecimiento, la mezcla y el embotellado del vino. Los enólogos tienen un profundo conocimiento de la viticultura y la enología, lo que les permite tomar decisiones importantes para garantizar la calidad del vino.

Lo puedes ver con bata blanca en el laboratorio, con botas de campo en el viñedo o con el mono de trabajo entre las barricas. Y es que las responsabilidades de un enólogo pueden incluir la supervisión de la cosecha de uvas, el control de la fermentación, la determinación de las mezclas adecuadas de diferentes variedades de uvas, la gestión de la crianza en barricas de roble, la evaluación de la calidad del vino y la colaboración con otros profesionales de la industria vinícola.

Qué estudiar para ser enólogo

Para convertirse en enólogo en España, se requiere una sólida formación académica en el campo de la enología. Entre las opciones: tener la Licenciatura en Enología, Grado en Enología o estar habilitado para la profesión de enólogo.

1) Licenciatura o Grado Universitario en Enología.

La opción más común y completa es obtener un título universitario en Enología. Estos programas académicos proporcionan una base sólida en ciencias naturales y química, fundamentales para comprender los procesos detrás de la producción de vino. Durante estos estudios, los estudiantes adquieren conocimientos sobre viticultura, microbiología, química enológica, biología celular, ciencia del suelo y botánica, entre otros temas relevantes para la enología. Estas disciplinas son esenciales para comprender los procesos de cultivo de uvas, fermentación y producción de vino.

Habilitación para el ejercicio de la profesión de enólogo

Podrán ser habilitados para el ejercicio de la profesión de enólogo quienes sin poseer el título universitario oficial de Licenciado en Enología hayan desarrollado durante un período de tiempo de al menos cinco años con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, una actividad profesional que se encuentre comprendida entre las descritas en el anexo I del Real Decreto.

Igualmente, podrán ser habilitados para el ejercicio de la profesión de enólogo:

a) Quienes hubieran impartido docencia en materias relacionadas con la viticultura o enología durante un período mínimo de cinco cursos académicos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, en Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas o centros de formación profesional de grado superior o de segundo grado, legalmente reconocidos.

b) Quienes hubieran desarrollado durante un período mínimo de cinco años con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, una actividad técnica en materia de viticultura y enología que se encuentre comprendida entre las descritas en el anexo I del Real Decreto, en centros dependientes o vinculados a las distintas Administraciones públicas, tales como consejos reguladores de las denominaciones de origen, centros de experimentación, estaciones enológicas, Consejo Superior de Investigaciones Científicas u otros similares.

Otros estudios relacionados con la viticultura y la elaboración de vinos

1) Técnico especialista en viticultura.

Conforme a lo establecido en el artículo 102.dos de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, para el ejercicio de la profesión de técnico especialista en vitivinicultura se exigirá el título de Técnico superior en Industria Alimentaria, establecido por el Real Decreto 2050/1995, de 22 de diciembre, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional de grado superior, o el título de Técnico Especialista en Viticultura y Enotecnia, establecido en el Real Decreto 2329/1977, de 29 de julio, correspondiente a estudios de formación profesional de segundo grado.

Los técnicos especialistas en vitivinicultura tienen la capacidad y responsabilidad respecto de la producción de uva, el control de la calidad y la preparación, elaboración y fabricación de vinos, mostos y otros derivados de la vid, mediante la utilización de las técnicas y procedimientos previstos en la normativa propia.

Habilitación para el ejercicio de la profesión de técnico especialista en vitivinicultura

Podrán ser habilitados para el ejercicio de la profesión de técnico especialista en vitivinicultura quienes sin poseer el título de Técnico superior en Industria Alimentaria o el título de Técnico Especialista en Viticultura y Enotecnia hayan desarrollado durante un período de tiempo de al menos cinco años, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, una actividad profesional que se encuentre comprendida entre las descritas en el anexo II del Real Decreto.

2) Técnico en elaboración de vinos.

Conforme a lo establecido en el artículo 102.tres de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, para el ejercicio de la profesión de técnico en elaboración de vinos se exigirá el título de Técnico en Elaboración de Vinos y otras Bebidas, correspondiente a estudios de formación profesional de grado medio, establecido por el Real Decreto 2055/1995, de 22 de diciembre.

Los técnicos en elaboración de vinos tienen capacidad para realizar las operaciones de elaboración, crianza y envasado de vinos y otras bebidas en las condiciones establecidas en los manuales de procedimiento y calidad, así como para manejar la maquinaria y equipos correspondientes y efectuar su mantenimiento de primer nivel.

Habilitación para el ejercicio de la profesión de técnico en elaboración de vinos

Podrán ser habilitados para el ejercicio de la profesión de técnico en elaboración de vinos quienes sin poseer el título de Técnico en Elaboración de Vinos y otras Bebidas hayan desarrollado durante un período de tiempo de al menos cinco años, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 50/1998, una actividad profesional comprendida en el anexo I del Real Decreto 2023/1996, de 6 de septiembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de elaborador de vinos.

Comisión de análisis

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación crea una Comisión de análisis, adscrita a su Subsecretaría, para definir los criterios que deben seguir las Comunidades Autónomas para otorgar los certificados de habilitación profesional a los enólogos. La Comisión está formada por un presidente, un secretario y varios vocales, entre ellos dos vocales representantes de la Federación Española de Asociaciones de Enólogos, que representan a distintos ministerios, organismos, asociaciones y comunidades autónomas relacionados con el sector enológico.

Las Comunidades Autónomas establecerán los modelos de solicitud de habilitación para el ejercicio profesional y determinarán el plazo de presentación de solicitudes, que no podrá ser inferior a seis meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria.

Los cinco años de ejercicio profesional necesarios para la obtención del certificado de habilitación deberán entenderse referidos a cinco campañas o vendimias y podrán consistir en un período de tiempo continuado o en la suma de plazos de menor duración hasta completar el período de tiempo requerido.

En resumen, si buscas qué estudiar para ser enólogo, estos opciones anteriormente descritas proporcionan la base para comprender los procesos de producción de vino y los aspectos científicos y técnicos relacionados. Complementar la formación con másteres o cursos especializados brinda experiencia adicional para una carrera exitosa en la industria vinícola.

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